Ubicación Física: TCD / 340 / V856
Disponibilidad del ejercicio de la acción civil derivada de la conducta punible [Recurso electrónico] / | |
Autor: | Vivas Uribe, Aurora. |
Otros Autores: | Fernández, Jorge Enrique, ( director ) . |
Pié de imprenta: | Bogotá : Universidad Católica de Colombia, 2003. |
Descripción: | 1 CD-Rom Versión en MS-Word. |
Tema(s): | |
Resumen: | Existe una tendencia mundial, que también ha sido recogida en el ámbito nacional por la Constitución, según la cual la víctima o perjudicado por un delito no sólo tiene derecho a la reparación económica de los perjuicios que se le hayan causado, trátese de delitos consumados o tentados, sino que además tiene derecho a que a través del proceso penal se establezca la verdad y se haga justicia. En cuanto a la disponibilidad del ejercicio de la acción civil derivada de la conducta punible, encontramos que el sistema legal colombiano ha establecido la interdependencia de la acción civil y de la penal, a las que se puede acudir con ocasión de la conducta delictuosa, pero a su vez presenta la posibilidad del perjudicado de interponer las dos acciones por separado, a su elección... (Tomado de la fuente) |
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Tesis - Trabajo de Grado CD | Sede Cra 13 Biblioteca Central (Cr 13)- | Colección de Monografías y Trabajos de Grado | TCD 340 / V856 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej. 1 | Disponible | 83811 |
Trabajo de grado Abogado Universidad Católica de Colombia. Facultad de Derecho
Derecho
Existe una tendencia mundial, que también ha sido recogida en el ámbito nacional por la Constitución, según la cual la víctima o perjudicado por un delito no sólo tiene derecho a la reparación económica de los perjuicios que se le hayan causado, trátese de delitos consumados o tentados, sino que además tiene derecho a que a través del proceso penal se establezca la verdad y se haga justicia. En cuanto a la disponibilidad del ejercicio de la acción civil derivada de la conducta punible, encontramos que el sistema legal colombiano ha establecido la interdependencia de la acción civil y de la penal, a las que se puede acudir con ocasión de la conducta delictuosa, pero a su vez presenta la posibilidad del perjudicado de interponer las dos acciones por separado, a su elección... (Tomado de la fuente)
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