Análisis de la afiliación de los trabajadores independientes al sistema general de riesgos profesionales
Martínez Méndez, Santiago
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2011
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7 p.
Por medio del decreto 2800 de 2003, el Gobierno Nacional atendió al llamado del decreto 1295 de 1994 y expuso las reglas de juego de las afiliaciones de los trabajadores independientes al sistema de riesgos profesionales. En su artículo 13, el decreto legislativo 1295 de 1994 estableció que los trabajadores independientes serían afiliados al régimen de riegos profesionales y que el Gobierno Nacional se encargaría de reglamentar las condiciones que procederán su afiliación. Ahora bien, sin perjuicio de que la Corte Constitucional, mediante la sentencia C-858 DE 2006, declaro inexequible la expresión "voluntaria" difiriendo sus efectos al 20 de junio de 2007, sin que a la fecha el congreso haya definido los aspectos declarados inexequibles de manera clara. Se considera que el artículo 33 de la ley 1393 de 2010 hizo entender que los trabajadores independientes son afiliados voluntarios, toda vez que señalo: cuando en virtud de la normativa vigente una persona no esté obligada a afiliarse y cotizar al sistema de riesgos profesionales, tales como pensionados y trabajadores independientes, no se les aplica lo previsto en este artículo".
Santiago Martínez Méndez
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Actualidad Laboral y Seguridad Social
Bogotá : Legis, 2011
0123-9899
No. 166 (jul.-ago. 2011) ; p. 25-31
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CO-UCAC
111103
20230622115512.0
20110330. 15:48:19, igco
20111103. 03:33:21 p.m., igco
20130423. 03:37:01 p.m., oz
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