Rentas propias y cedidas de los departamentos y su destinación [Recurso electrónico] /
César Segundo Escobar Pinto
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Trabajo de grado
Derecho
Los recursos propios de los departamentos son fundamentalmente de dos tipos, a saber: los constituidos por las rentas que provienen de la explotación de bienes que son de su propiedad exclusiva, y los que se obtienen como recados de tributos (impuestos, tasas y contribuciones) y en ejercicio de los monopolios autorizados por la constitución y la ley, dentro de estos últimos, sus rentas pueden ser calificadas como propias o como cedidas, según su desarrollo normativo (Tomado de la fuente)
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