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Ubicación Física: 348.89861 / J15

El régimen de transición pensional : la continuidad de los efectos del régimen de transición pensional despues del acto legislativo 001 de 2005 /

Autor: Jácome Sánchez, Sandro José.
Pié de imprenta: Bogotá : Grupo Editorial Ibáñez, 2017.
Edición: Segunda edición.
Descripción: 208 páginas ; 15 x 23 cm.
ISBN: 9789587497489.
Tema(s):
Nota de Bibliografía: Incluye bibliografía.
Contenido: Capítulo I, el régimen de transición pensional del artículo 36 de la 100/1993; Capítulo II, tratamiento constitucional del art. 36 de la ley 100/1993; Capítulo III, protección constitucional y del DIDH de las situaciones jurídicas causadas con el régimen de transición pensional del art. 36 de la ley 100 de 1993.
Resumen: El presente trabajo parte del problema interrogativo si ¿las garantías establecidas por el régimen de transición pensional de la Ley 100 de 1993, al interpretar nuestro ordenamiento jurídico de manera integral, deben considerarse con plena vigencia o deben sujetarse a las limitaciones de reconocimiento en el tiempo y extinción, establecidos en el parágrafo transitorio 4º del Acto Legislativo 001 de 2005?Tendremos cono objetivo analizar el régimen de transición de la Ley 100 de 1993 en torno a los beneficios que concedió a sus titulares, entendidos estos como derechos que gozan de la protección superior que ofrece el Estado social de derecho al trabajo, a la seguridad social y a la propiedad que se adquiere como fruto del esfuerzo individual que devenga el trabajo y en gracia a las garantías que ofrece la legislación, que ingresan al patrimonio colectivo de los trabajadores que se encuentran en curso de una relación laboral.Dentro del alcance interpretativo que le ha dado a nuestra Constitución la Corte Constitucional, se ha entendido que toda norma que contenga disposiciones regresivas de los derechos económicos, sociales y culturales, previamente alcanzados, se presume inconstitucional, salvo que existan razones muy fuertes de protección de interés público que hayan motivado su expedición y estas, a su vez, se encuentren ajustadas al principio de proporcionalidad entre la justificación de la medida y la clase de derechos que quieren sacrificar.A lo largo de este trabajo tendremos como derrotero que la medida de eliminar el régimen de transición del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, con el parágrafo transitorio No. 4, no fue ajustada al principio de proporcionalidad, porque el Congreso no tuvo en cuenta que el Acto Legislativo cuestionado eliminaría derechos adquiridos de rango constitucional, como también derechos del trabajo y la seguridad social de carácter irrenunciable e inalienable, cuyos destinatarios son sujetos de protección especial en su condición de adultos mayores.

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Colección General 348.89861/J15/2017 (Navegar estantería) Ej. 1 Disponible 59217
Libro - General Libro - General Sede Cra 13
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Libro - General Libro - General Sede Cra 13
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Colección General 348.89861/J15/2017 (Navegar estantería) Ej. 3 Disponible 60394
Libro - General Libro - General Sede Cra 13
CYP
Colección General 348.89861/J15/2017 (Navegar estantería) Ej. 4 Disponible 60395

Incluye bibliografía

Capítulo I, el régimen de transición pensional del artículo 36 de la 100/1993; Capítulo II, tratamiento constitucional del art. 36 de la ley 100/1993; Capítulo III, protección constitucional y del DIDH de las situaciones jurídicas causadas con el régimen de transición pensional del art. 36 de la ley 100 de 1993.

Derecho

El presente trabajo parte del problema interrogativo si ¿las garantías establecidas por el régimen de transición pensional de la Ley 100 de 1993, al interpretar nuestro ordenamiento jurídico de manera integral, deben considerarse con plena vigencia o deben sujetarse a las limitaciones de reconocimiento en el tiempo y extinción, establecidos en el parágrafo transitorio 4º del Acto Legislativo 001 de 2005?

Tendremos cono objetivo analizar el régimen de transición de la Ley 100 de 1993 en torno a los beneficios que concedió a sus titulares, entendidos estos como derechos que gozan de la protección superior que ofrece el Estado social de derecho al trabajo, a la seguridad social y a la propiedad que se adquiere como fruto del esfuerzo individual que devenga el trabajo y en gracia a las garantías que ofrece la legislación, que ingresan al patrimonio colectivo de los trabajadores que se encuentran en curso de una relación laboral.

Dentro del alcance interpretativo que le ha dado a nuestra Constitución la Corte Constitucional, se ha entendido que toda norma que contenga disposiciones regresivas de los derechos económicos, sociales y culturales, previamente alcanzados, se presume inconstitucional, salvo que existan razones muy fuertes de protección de interés público que hayan motivado su expedición y estas, a su vez, se encuentren ajustadas al principio de proporcionalidad entre la justificación de la medida y la clase de derechos que quieren sacrificar.

A lo largo de este trabajo tendremos como derrotero que la medida de eliminar el régimen de transición del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, con el parágrafo transitorio No. 4, no fue ajustada al principio de proporcionalidad, porque el Congreso no tuvo en cuenta que el Acto Legislativo cuestionado eliminaría derechos adquiridos de rango constitucional, como también derechos del trabajo y la seguridad social de carácter irrenunciable e inalienable, cuyos destinatarios son sujetos de protección especial en su condición de adultos mayores.

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