Ubicación Física: 343.9861 / M586
La adopción del principio de oportunidad : adecuada selectividad discrecional de casos y medidas en la ejecución de la política criminal / | |
Autor: | Mestre Ordóñez, José Fernando. |
Otros Autores: | Moreno Catena, Víctor. |
Serie: | Colección criminología y victimología ; no. 6. |
Pié de imprenta: | Bogotá : Pontificia Universidad Javeriana. Facultad de Ciencias Jurídicas : Grupo Editorial Ibáñez, 2017. |
Descripción: | 401 páginas ; 17 x 24 cm. |
ISBN: | 9789587496925. |
Tema(s): | |
Nota de Bibliografía: | Incluye bibliografía. |
Resumen: | [...] " El libro que tiene el lector en sus manos aborda con rigor científico y con honestidad intelectual un problema clave con el que en la actualidad se enfrentan muchos ordenamientos jurídicos. Se viene aludiendo con frecuencia a un binomio de conceptos jurídicos enfrentados (legalidad-oportunidad) para indicar dos modos sustancialmente distintos de aproximarse al ejercicio de la acción penal y a su extinción (incoación y finalización del proceso). El primero de ellos indica el deber impuesto al acusador público de formular acusación siempre que considere que, de acuerdo con el Código Penal, hay méritos para ello. El principio de oportunidad englobaría, por exclusión, todos los casos en que se produce una quiebra del principio de legalidad. [...] [...] El principio de legalidad, o "principio de estricta legalidad penal", encierra al sistema penal en una especie de trampa sin escapatoria. El indeclinable deber jurídico de la Fiscalía de formular acusación implica el aislamiento del sistema penal del resto del ordenamiento, atrapado en una especie de burbuja impenetrable, con valores autónomos e independientes de los que puedan imperar en los restantes ámbitos del derecho, o puedan derivar directamente de la Constitución. El imperio del principio de legalidad radical conduce a la definición del marco de actuación de las normas penales y procesales a partir sólo de las disposiciones legales, desentendiéndose del contenido de otras normas, incluso del mismo o superior rango. Una vez que una conducta integra un tipo penal debe ser perseguida; para que se pueda entender que el sistema funciona de forma legítima no queda otra solución que perseguir todas las conductas delictivas. No caben excepciones, porque sólo se puede excluir lo que el Código Penal excluye; y si en un caso concreto se considera que el reproche penal no debe alcanzar una conducta, la única solución sería la descriminalización." [...] |
Lista(s) en las que aparece este ítem: Adquisiciones Derecho 2017-
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Libro - General | Sede Cra 13 CYP | Colección General | 343.9861 / M586 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej. 1 | Disponible | 58949 |
Incluye bibliografía
[...] " El libro que tiene el lector en sus manos aborda con rigor científico y con honestidad intelectual un problema clave con el que en la actualidad se enfrentan muchos ordenamientos jurídicos. Se viene aludiendo con frecuencia a un binomio de conceptos jurídicos enfrentados (legalidad-oportunidad) para indicar dos modos sustancialmente distintos de aproximarse al ejercicio de la acción penal y a su extinción (incoación y finalización del proceso). El primero de ellos indica el deber impuesto al acusador público de formular acusación siempre que considere que, de acuerdo con el Código Penal, hay méritos para ello. El principio de oportunidad englobaría, por exclusión, todos los casos en que se produce una quiebra del principio de legalidad. [...]
[...] El principio de legalidad, o "principio de estricta legalidad penal", encierra al sistema penal en una especie de trampa sin escapatoria. El indeclinable deber jurídico de la Fiscalía de formular acusación implica el aislamiento del sistema penal del resto del ordenamiento, atrapado en una especie de burbuja impenetrable, con valores autónomos e independientes de los que puedan imperar en los restantes ámbitos del derecho, o puedan derivar directamente de la Constitución. El imperio del principio de legalidad radical conduce a la definición del marco de actuación de las normas penales y procesales a partir sólo de las disposiciones legales, desentendiéndose del contenido de otras normas, incluso del mismo o superior rango. Una vez que una conducta integra un tipo penal debe ser perseguida; para que se pueda entender que el sistema funciona de forma legítima no queda otra solución que perseguir todas las conductas delictivas. No caben excepciones, porque sólo se puede excluir lo que el Código Penal excluye; y si en un caso concreto se considera que el reproche penal no debe alcanzar una conducta, la única solución sería la descriminalización." [...]
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