Reconocimiento de las principales audiencias preliminares en el marco de la Ley 906 de 2004 [Recurso electrónico] / | |
Autor: | Bañol, Jhon Marlon. |
Otros Autores: | Caycedo Neira, Oscar Alberto, ( director ) . |
Pié de imprenta: | Bogotá : Universidad Católica de Colombia, 2014. |
Descripción: | En línea. |
Tema(s): | |
Resumen: | Resulta de relevancia extrema recordar que dentro de la dinámica actual del proceso penal colombiano que se surte conforme lo dispuesto al tenor de la ley 906 de 2004, hay tres audiencias preliminares que tienen especial atención en la práctica, las denominadas audiencias concentradas, las precitadas son de tan alto interés en punto a que dejan casi que de lado las demás audiencias que se surten ante los Jueces de Control de Garantías, o por lo menos en los tribunales y juzgados del país, eso pareciera en cuanto que se olvidan por las partes en el proceso, la importancia de la realización de otras audiencias que tienen objetos disímiles a los ya mencionados, aunado a ello la norma deja abierta la posibilidad a una innumerable cantidad de audiencias con características de preliminares y que son desconocidas en el actual desempeño judicial... (Tomado de la fuente) |
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Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Tesis Repositorio | Biblioteca Digital Repositorio Institucional | Colección de Monografías y Trabajos de Grado | Disponible | R-357 |
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Trabajo de grado Abogado Universidad Católica de Colombia. Facultad de Derecho
Derecho
Resulta de relevancia extrema recordar que dentro de la dinámica actual del proceso penal colombiano que se surte conforme lo dispuesto al tenor de la ley 906 de 2004, hay tres audiencias preliminares que tienen especial atención en la práctica, las denominadas audiencias concentradas, las precitadas son de tan alto interés en punto a que dejan casi que de lado las demás audiencias que se surten ante los Jueces de Control de Garantías, o por lo menos en los tribunales y juzgados del país, eso pareciera en cuanto que se olvidan por las partes en el proceso, la importancia de la realización de otras audiencias que tienen objetos disímiles a los ya mencionados, aunado a ello la norma deja abierta la posibilidad a una innumerable cantidad de audiencias con características de preliminares y que son desconocidas en el actual desempeño judicial... (Tomado de la fuente)
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