Ubicación Física: TCD / 340 / Z36r
Responsabilidad civil extracontractual en accidentes de tránsito con vehículos de servicio público atribuible a la cadena de producción por fallas o defectos de fabricación [Recurso electrónico] / | |
Autor: | Zárate Rodríguez, Mauricio. |
Otros Autores: | Ramírez Gómez, Eddy Rolando, ( director ) . |
Pié de imprenta: | Bogotá : Universidad Católica de Colombia, 2007. |
Descripción: | 1 CD-Rom Versión en Word. |
Tema(s): | |
Resumen: | En el desarrollo de esta investigación prima la responsabilidad civil extracontractual en accidentes de tránsito, donde participen automotores de Servicio Público de Transporte Terrestre y la vinculación de terceros civilmente responsables obligados a indemnizar a la víctima. Todo lo anterior con base en los artículos 143 a 147 del Código Nacional de Tránsito y Transporte o Ley 769 de 2002, el Código Civil en los artículos 2347 y 2356, para determinar la responsabilidad solidaria del transportador, con el conductor y el dueño del vehículo, lo que conllevaría a un pago de perjuicios por parte de los tres o por cualquiera de ellos en su calidad de deudores solidarios, excepto cuando no se tiene el control efectivo de la cosa. Además, se tratará el llamamiento en garantía a las aseguradoras dentro del proceso para atender el pago de la indemnización, en caso de que la empresa de transporte sea vinculada como tercero civilmente responsable y tenga asegurados sus vehículos con un seguro de daños o de responsabilidad civil extracontractual.... (Tomado de la fuente) |
Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Tesis - Trabajo de Grado CD | Sede Cra 13 Biblioteca Central (Cr 13)- | Colección de Monografías y Trabajos de Grado | TCD 340 / Z36r (Navegar estantería) | Ej. 1 | Disponible | 87104 |
Trabajo de grado Abogado Universidad Católica de Colombia. Facultad de Derecho
Derecho
En el desarrollo de esta investigación prima la responsabilidad civil extracontractual en accidentes de tránsito, donde participen automotores de Servicio Público de Transporte Terrestre y la vinculación de terceros civilmente responsables obligados a indemnizar a la víctima. Todo lo anterior con base en los artículos 143 a 147 del Código Nacional de Tránsito y Transporte o Ley 769 de 2002, el Código Civil en los artículos 2347 y 2356, para determinar la responsabilidad solidaria del transportador, con el conductor y el dueño del vehículo, lo que conllevaría a un pago de perjuicios por parte de los tres o por cualquiera de ellos en su calidad de deudores solidarios, excepto cuando no se tiene el control efectivo de la cosa. Además, se tratará el llamamiento en garantía a las aseguradoras dentro del proceso para atender el pago de la indemnización, en caso de que la empresa de transporte sea vinculada como tercero civilmente responsable y tenga asegurados sus vehículos con un seguro de daños o de responsabilidad civil extracontractual.... (Tomado de la fuente)
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