Nisimblat, Nattan

Los moduladores del proceso de tutela / Nattan Nisimblat - 251 páginas 14 x 21 cm. 13 ejemplares - Estudios de derecho ; no. 3 .

I. El debido proceso y el derecho de defensa. II. Principio de exclusividad y obligatoriedad de la jurisdicción. III. No autoincriminación. IV. Principio de subsidiariedad de la acción de tutela. V. Principio de inmediatez. VI. Principio y derechos de audiencias. VII. Publicidad. VIII. Contradicción o audiencia bilateral. IX. Inmediación. X. Concentración. XI. Juez natural, o juez competente. XII. Preclusión. XIII. Preclusión elástica de las deducciones. XIV. Seguridad jurídica y cosa juzgada. XV. Principio de gratuidad. XVI. Alteridad o intersubjetividad. XVII. Verdad procesal. XVIII. Dignidad. XIX. Prevalencia del derecho sustancial. XX. Primacía constitucional. XXI. Libertad o principio pro libertatis. XXII. Igualdad. XXIII. Igualdad en el trato y en el proceso. XXIV. Igualdad en la sentencia. XXV. La igualdad y el principio de la confianza legítima y de la buena fe. XXVI. Principio de confianza legítima. XXVII. Imparcialidad. XVIII. Legalidad y tipicidad. XXIX. Favorabilidad. XXX. Escritura. XXXI. Oralidad. XXXII. Adaptabilidad del procedimiento a las exigencias de la causa. XXXIII. Funcionalidad del procedimiento. XXXIV. Economía. XXXV. Celeridad e impulsión. XXXVI. Eficacia y eficiencia. XXXVII. Informalidad y oficiosidad. XXXVIII. Lealtad y buena fe. XXXIX. Doble instancia y no reforma en perjuicio (non reformatio in pejes). XI. Independencias y autonomía. XLI. Principios rectores de la prueba. XLIII. Principios rectores de los recursos. XLIV. Principios rectores de la decisión judicial y la sentencia. XIX. Principios rectores de la sanción judicial como resultado de las potestades disciplinarias y de ordenación. Bibliografía

Derecho

El presente estudio aborda la modulación que, a partir de los principios del proceso, ha elaborado la jurisprudencia constitucional en materia de acción de tutela, para lo cual se ha realizado una breve descripción de cada principio modulador en su concepción original, desde la perspectiva del proceso civil, en virtud de la remisión expresa contenida en el Decreto 306 de 1992, según la cual, en caso de vacíos en la aplicación del procedimiento se seguirán las reglas previstas en el Código de Procedimiento Civil y, supletoriamente, las del Código de Procedimiento Penal, situación que obliga a separar los conceptos de acción como derecho y acción que obliga a separar los conceptos de acción como derecho y acción como proceso, lo que delanteramente obliga a remontarse a la teoría general del proceso y a los conceptos básicos sobre este derecho tratados en los discursos sobre las obligaciones y los contratos.

9789588465111


ACCION DE TUTELA - COLOMBIA
COSA JUZGADA
DERECHO CONSTITUCIONAL - COLOMBIA

342.22
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